Según el informe dado a conocer por el abogado querellante la construcción de los edificios en 1992 no respondía a la norma existente, sin embargo su ejecución se llevó a cabo con la complicidad de Serviu y el departamento de Obras del municipio, negligencia que tuvo consecuencias fatales en pasado 27 de febrero.
La verdad está saliendo a la luz en pos de la aclaración de las muertes de los hermanos María Elena y Eduardo Manuel Muñoz Calderón quienes fallecieron aplastados entre los escombros de uno de los blocks colapsados en la Villa 26 de Septiembre del sector Paniahue en Santa Cruz.
Así fue como el abogado querellante que representa a 200 familias damnificadas Fabricio Jiménez, junto al concejal Pedro Moreno dieron a conocer a los vecinos y a los medios el informe pericial entregado por la Policía de Investigaciones a los Tribunales de Justicia, informe que fue finalizado hace solo unas semanas y detalla las negligencias por las autoridades competentes en la construcción de los edificios.
El texto concluye que se cometieron negligencias abismantes en la construcción del conjunto habitacional, las cuales no fueron fiscalizadas por ninguno de los organismos competentes como son Serviu y el departamento de obras de la Municipalidad de Santa Cruz. Extractos del informe lo declaran textualmente.
“Como se concluye en el informe IDIEM según la normativa de la época no podían construirse edificios mayores a dos niveles, sin embargo el Serviu en la licitación 8/92-2 omitió esta normativa desarrollando un proyecto de tres pisos para este conjunto habitacional, además el arquitecto que patrocinó este proyecto, Sr. Renzo Somigli Bruzzone debió advertir que no se estaba cumpliendo con esta normativa , sin embargo no informa de esta situación, además el profesional especifica que la materialidad de los bloques de hormigón es de 140X190X390 mm. Según la norma chilena articulo 7º punto 5, bloques de estas dimensiones no se podrán emplear para muros soportantes”.
Respecto al actuar del Municipio de Santa Cruz, el texto declara lo siguiente: “El director de Obras de la municipalidad, Sr. Carlos Rojas Contreras, quien debió observar que el proyecto no cumplía con las normativas de la época tanto en diseño como en materialidad predominante, debió haber observado el proyecto para su corrección, sin embargo la entidad emitió el permiso de edificación nº 163 del 3 de noviembre.992, lo cual el director como ente fiscalizador no debió otorgar”.
Finalmente el informe remata que “tanto el IDIEM como el Lacrim concluyen que no se realizaron buenas prácticas constructivas y no se cumplieron con las Especificaciones Técnicas por parte de la empresa constructora García Popelaire, ya sea por falta de fiscalización interna por parte de sus capataces, supervisores y jefe de Obra, y por parte de Serviu se concluye que la Inspección Técnica no fiscalizó de manera adecuada la ejecución del conjunto habitacional”.
Según el concejal Moreno “de una simple lectura es posible conocer que instituciones no hicieron o dejaron de hacer lo que les manda la constitución y las leyes y también cuales funcionarios no cumplieron con el cabal desempeño de sus funciones. Ya conocemos la verdad ahora serán los Tribunales de Justicia quienes determinarán el nivel de responsabilidad y culpabilidad”. A la vez reiteró su preocupación de que el nuevo conjunto habitacional tenga 4 pisos por lo tanto pidió a Serviu O’Higgins una aclaración sobre eventuales riesgos.
Por su parte el abogado Jiménez señaló que, “estamos estudiando minuciosamente los informes y antecedentes resultado de las investigaciones y peritajes y confiamos en la justicia y esperamos para muy pronto las resoluciones tanto de la Fiscalía como de los Tribunales”.
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